El 3 de abril de 2025 cambió silenciosamente la forma en que se pleitea en España. Desde esa fecha, salvo excepciones tasadas, presentar una demanda civil o mercantil sin haber intentado antes un acuerdo extrajudicial puede llevar a su inadmisión sin más trámite. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia no es una reforma cosmética: redefine el orden lógico del litigio, traslada parte de la responsabilidad a las partes y a sus abogados, y convierte la negociación previa en un trámite con valor jurídico real.

En este artículo explicamos, con un enfoque práctico, qué son los Medios Adecuados de Solución de Controversias —los MASC—, en qué procedimientos son obligatorios, qué excepciones existen y, sobre todo, cómo plantearlos de modo que jueguen a favor del cliente.

El cambio de paradigma

La LO 1/2025 fue publicada en el BOE el 3 de enero de 2025 y, en lo que respecta a los MASC y a las medidas de eficiencia procesal, entró en vigor el 3 de abril de 2025. Su Título II, Capítulo I (artículos 2 a 19) articula un sistema en el que la justicia deja de ser la primera puerta a la que se llama y pasa a ser el último recurso: antes hay que haber intentado, de buena fe y de forma acreditable, una solución pactada.

El cambio se apoya en tres palancas:

  1. Procedibilidad. El intento de MASC pasa a ser requisito de admisibilidad de la demanda en el orden civil. Sin él, el escrito se inadmite.
  2. Costas. Los tribunales valorarán la conducta de las partes durante el intento negociador, lo que afecta directamente al criterio de imposición y al alcance de las costas.
  3. Abuso del servicio público de Justicia. Se introduce esta noción nueva, equiparable a la mala fe procesal, con consecuencias económicas para quien instrumentalice el sistema.
Ya no basta con tener razón. Hay que demostrar, además, que se intentó razonar antes de demandar. — Bufete García Cardenal

Qué es exactamente un MASC

El artículo 2 de la LO 1/2025 define los MASC, en términos amplios, como «cualquier tipo de actividad negociadora, reconocida en esta u otras leyes estatales o autonómicas, a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí mismas o con la intervención de una tercera persona neutral».

Importa retener que no hay un MASC único: la ley ofrece un catálogo abierto y permite elegir el que mejor encaja con el conflicto, la relación entre las partes y el coste asumible.

Infografía 1

Los seis MASC más utilizados en la práctica

Negociación directa

Comunicación entre las partes o sus abogados sin tercero neutral. Es la vía más sencilla y la más usada en la práctica forense desde abril de 2025.

Mediación

Intervención de un mediador profesional registrado. Regulada por la Ley 5/2012. Especialmente útil en familia y conflictos vecinales.

Conciliación

Privada, notarial, registral o ante el Letrado de la Administración de Justicia. Da fe del intento y, en su caso, del acuerdo.

Oferta vinculante confidencial

Una parte formula una propuesta firme y reservada. Requiere asistencia letrada salvo asuntos inferiores a 2.000 €.

Opinión de experto independiente

Dictamen no vinculante de un tercero técnico (perito, ingeniero, médico) que ayuda a las partes a valorar el conflicto.

Derecho colaborativo

Las partes y sus abogados se comprometen por escrito a alcanzar un acuerdo y a no acudir a juicio durante la negociación.

Fuente: artículos 2 y siguientes de la LO 1/2025 y guía del Consejo General de la Abogacía Española (2025).

¿Cuándo es obligatorio el MASC?

La regla general es contundente: el artículo 5.1 de la LO 1/2025 establece que, en el orden jurisdiccional civil, para que la demanda sea admisible debe acreditarse el intento previo de un MASC. Eso afecta a:

El intento debe versar sobre el mismo objeto que después se llevará a juicio. La identidad sustancial es exigible aunque las pretensiones puedan modificarse al redactar la demanda.

Las excepciones que conviene memorizar

El artículo 5.3 y concordantes de la LO 1/2025 listan los supuestos en los que no hace falta intentar el MASC. Son los siguientes:

Tutela judicial de derechos fundamentales
Filiación, paternidad y maternidad
Medidas de apoyo a personas con discapacidad
Procesos sobre menores y su protección
Medidas cautelares previas o coetáneas
Procesos concursales y preconcursales
Violencia sobre la mujer (LOPJ art. 89.9)
Acciones contra entidades del sector público
Demandas ejecutivas
Acumulación subjetiva de acciones (matizado)

El criterio de las Juntas Sectoriales —recogido por la doctrina y por algunos autos publicados, como el Auto 97/2025 de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, de 25 de junio de 2025— viene asentando que la falta del intento es, por regla general, un defecto insubsanable que lleva a la inadmisión, mientras que los defectos meramente documentales sí se pueden subsanar en plazo breve.

Infografía 2

Flujo de decisión: ¿necesito un MASC antes de demandar?

Conflicto civil o mercantil ¿Es tutela de derechos fundamentales, filiación, menores o violencia sobre la mujer? Demanda directa NO ¿Es demanda ejecutiva, cautelar, concursal o frente al sector público? Demanda directa NO Es OBLIGATORIO intentar un MASC y conservar prueba del intento (art. 10 LO 1/2025) Si hay acuerdo: se evita el juicio Si no hay acuerdo: demanda en 1 año

Esquema simplificado a efectos divulgativos. Las excepciones concretas deben verificarse en cada caso conforme al art. 5 LO 1/2025.

Cómo se acredita el intento (y qué no sirve)

El artículo 10 de la LO 1/2025 exige que el demandante acredite documentalmente el intento previo. Las Juntas Sectoriales y los Letrados de la Administración de Justicia, en sus acuerdos de unificación de criterios de marzo y abril de 2025, han delimitado qué medios se aceptan y cuáles no.

Medio ¿Acredita el intento? Razón
Burofax con copia certificada Constancia íntegra del envío, contenido y recepción
Acta notarial Fe pública del notario sobre el intento y su contenido
Correo certificado con acuse Acreditación integral si consta envío, contenido y recepción
Mediación o conciliación con acta El tercero neutral expide certificado del intento
Buromail / BuroSMS certificado Admitido por la Junta Sectorial de Zamora (2/4/2025)
WhatsApp, SMS ordinario, llamada No No acreditan recepción ni contenido de forma fehaciente
Email simple sin certificación No No deja constancia probatoria suficiente
Envíos masivos sin acuse individual No No prueban recepción por el concreto destinatario

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha habilitado además la Plataforma de Interoperabilidad de los MASC (PIMASC), accesible desde la Sede Judicial Electrónica, que permite a los profesionales obtener un documento normalizado para acreditar el cumplimiento del requisito.

Atención al detalle: conservar el justificante antes de presentar la demanda no es opcional. La inadmisión por falta de intento es, en la práctica forense post-abril de 2025, uno de los obstáculos procesales más frecuentes y, en muchos juzgados, no se subsana.

Plazos, prescripción y suspensión

Aquí está una de las claves que pasan desapercibidas y que conviene dominar:

Estas reglas tienen una lectura estratégica: el MASC no «consume» plazo, lo congela. Bien utilizado, da oxígeno para negociar sin sacrificar la prescripción.

Costas: el verdadero incentivo (y el verdadero riesgo)

Quizás el cambio menos divulgado y más relevante en el plano económico es el nuevo régimen de costas. El tribunal, al imponer costas, deberá ahora valorar la conducta de las partes durante el intento de MASC:

Traducido a estrategia: quien negocia bien y a tiempo, paga menos. Quien se planta y rehúsa explorar el acuerdo asume un riesgo económico real, aun ganando el pleito.

Negarse a negociar sin motivo se ha convertido en una decisión con coste. Antes era una cuestión de estilo; ahora es una variable del cálculo de costas. — Bufete García Cardenal

Cómo aprovechar el MASC a tu favor

El requisito de procedibilidad puede vivirse como un trámite molesto o como una oportunidad táctica. La diferencia, en la mayoría de los casos, la marca el abogado. Estos son los movimientos que recomendamos:

1. Anticípate, no reacciones

Si vas a demandar, plantea el MASC antes de que la contraparte tenga ocasión de provocarte. La iniciativa otorga ventaja procesal: prevalece, según el artículo 5.4 LO 1/2025, el MASC propuesto en primer lugar cuando ambas partes proponen vías distintas.

2. Documenta como si fuera prueba (porque lo será)

La propuesta debe contener objeto exacto del conflicto, pretensión concreta, plazo razonable de respuesta y vía sugerida. Envíala por medio fehaciente. Conserva todo: el escrito inicial, los acuses, las respuestas y, en su caso, el acta final.

3. Elige el MASC adecuado al conflicto

Una herencia con varios coherederos pide mediación. Una reclamación dineraria líquida, una oferta vinculante confidencial. Un conflicto vecinal de baja intensidad, derecho colaborativo o negociación directa. El error de método se paga en tiempo y en credibilidad.

4. Cuida la oferta vinculante confidencial

Es probablemente el MASC más infrautilizado y el de mayor impacto en costas. Una oferta razonable, formulada con asistencia letrada y bien documentada, sitúa al adversario ante un dilema económico real y se convierte, si llega el juicio, en una baza para reclamar reducción de costas.

5. No banalices la confidencialidad

El artículo 9 LO 1/2025 blinda como confidencial todo lo tratado en el MASC: no podrá usarse como prueba, salvo cuatro excepciones (acuerdo expreso, tasación de costas, orden penal y orden público, especialmente protección de menores). Esa confidencialidad permite negociar sin miedo a que las concesiones se vuelvan contra el cliente en juicio.

¿Tienes un conflicto en marcha?

Cada vez con más frecuencia, la diferencia entre ganar y perder un asunto se decide antes de redactar la demanda. En Bufete García Cardenal diseñamos la estrategia de MASC para que el cliente llegue al juzgado —si tiene que llegar— en la mejor posición posible.

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En síntesis

La LO 1/2025 no obliga a renunciar al juicio: obliga a haberlo evitado, primero, con sinceridad. Para el ciudadano, esto significa más vías para resolver problemas sin entrar en un proceso largo y costoso. Para el abogado, supone incorporar la negociación previa como una fase técnica más de la litigación, con sus propias reglas, sus propios riesgos y sus propias oportunidades.

El juicio sigue ahí. Pero a partir del 3 de abril de 2025, la mediación —y los demás MASC— ya no son una alternativa: son la antesala obligatoria de buena parte de los litigios civiles y mercantiles en España.

Aviso legal. El contenido de este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere un análisis individualizado. Para una valoración concreta de su situación, contacte con Bufete García Cardenal.